Emprendedores
- Asesoramiento para pasar de la idea empresarial al negocio real
- Asesoramiento sobre apoyo financiero y capital de riesgo iniciales
- Capitalización del paro
- Confección de planes de empresa
- Constitución de empresa
- Elaboración de planes de viabilidad
- Información y tramitación de subvenciones
Autónomos
Para darse de alta como trabajador autónomo, deberán de realizarse los siguientes trámites administrativos:
- Trámites fiscales, constitución
Lugar: Delegación de Economía y Hacienda, AEAT
Modelo: 037 (si es persona física) o 036 (si es persona jurídica)
Plazo: Antes del inicio de la actividad
- Declaración censal de alta de las obligaciones tributarias y alta Impuesto Actividades Económicas, IAE *
- Trámites laborales
Lugar: Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, TGSS
Modelo: TA.0521 Alta, baja o modificación de datos en el Régimen Especial de Autónomos
Plazo: 30 días naturales desde el inicio de la actividad
- Alta del empresario en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social *
- Inscripción del empresario a la Tesorería General de la Seguridad Social, TGSS y obtención del número de patronal
- Alta y afiliación de los trabajadores al Régimen General de la Seguridad Social
- Alta de cobertura de riesgos y accidentes de trabajo y enfermedad profesional
- Formalización de los contratos de trabajo
- Comunicación de apertura del centro de trabajo
- Libro de visitas
- Trámites locales
- Solicitud de licencia de actividad, licencia municipal de obras y liquidación del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
- Obligaciones contables *
- Obligaciones fiscales importantes *
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IRPF
- Retenciones a cuenta de l’IRPF
- Retenciones para el alquiler de inmuebles urbanos
- Pagos a cuenta
- IVA
* Únicamente estos trámites y obligaciones deben de cumplirse necesariamente, el resto, dependerán de la naturaleza del negocio.